Proyecto de Ley de etiquetado frontal: qué comemos cuando comemos

La doctora en Ciencias Químicas, Noelia Vanden Braber y la licenciada en Nutrición Dayana Comba, explican la importancia que tiene la presencia de información clara en los envoltorios de los alimentos que se consumen. En ese sentido, se refirieron a la implicancia del proyecto Ley de Etiquetado Frontal y cuál es la realidad en otros países.

Investigadoras y docentes del Instituto de Ciencias Básicas y Aplicadas de la Universidad Nacional de Villa María (UNVM) se refirieron sobre la relevancia de concientizar a las personas en cuanto a una alimentación saludable y explicaron la implicancia que tiene el proyecto de Ley de Etiquetado Frontal, que actualmente es tema de debate en la Cámara de Diputados de la Nación.

En cuanto a la iniciativa, la docente y doctora en Ciencias Químicas Noelia Vanden Braber explicó que, de obtener aprobación, algunos alimentos pasarán a tener una serie rombos negros al frente de sus envoltorios.

“El fin último de las y los profesionales que impulsan este proyecto es concientizar a la población acerca del aporte nutricional de los alimentos que consumimos a diario. La normativa alcanzaría, principalmente, a los productos procesados y alimentos como la leche, el yogur natural, harina de trigo o maíz, arroz blanco o integral, frutas secas, granola, azúcar, sal y todos aquellos que sean ingredientes de preparaciones culinarias no serán rotulados”, indicó.

Límites que rigen el etiquetado
“Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y en base a lo expuesto por la Organización Mundial de la Salud (OMS) conforme a la ingesta de nutrientes críticos, una porción del alimento debería contener 1 miligramo de sodio por cada kilocaloría de aporte energético. Además, el aporte energético en función al contenido de grasas totales debería ser del 30 por ciento como límite máximo, mientras que sólo un 10 por ciento podría corresponder al contenido de grasas saturadas. En término de azúcares libres o azúcares agregados el límite exigiría un aporte calórico de hasta el 10 por ciento del contenido energético total”, especificó.

Vanden Braber detalló que el proyecto propone que cualquier alimento que exceda esas proporciones llevaría un rombo negro que enuncie claramente el exceso de grasas saturadas, grasas totales y energía, dado que también se analizarán los aportes energéticos por porción, conforme a la necesidad media de una persona adulta o niño/a promedio.

“Esto se deduce del contenido de macronutrientes, como los hidratos de carbono, grasas y proteínas”, explicó la especialista, quien se desempeña como coordinadora de la Tecnicatura en Bromatología y docente de la carrera Ingeniería en Alimentos.

Alcances de la Ley

La iniciativa que ya cuenta con media sanción del Senado propone también prohibir la publicidad y comercialización en establecimientos educativos de aquellos alimentos etiquetados con rombos, además del impedimento de mencionar avales médicos o científicos en sus envoltorios: “esto permitiría regular el tipo de alimentos que las niñas y los niños tienen a su alcance para consumir en las escuelas y sin el control de sus padres”, dijo.

Asimismo aclaro que el proyecto no estipula la prohibición de determinados productos en las góndolas. “Estarán todos disponibles, simplemente que el consumidor contará con mayor información y tendrá la posibilidad de optar por un consumo moderado de aquellos que excedan los aportes recomendados”, puntualizó.

Desde el ámbito de la salud, la nutricionista Dayana Comba consideró que la Ley es “sumamente necesaria y urgente ya que como consumidores necesitamos que se garantice nuestro derecho a la información mediante la aplicación de sellos en los rótulos de los alimentos advirtiendo el exceso de diferentes nutrientes”.

Al graficar la situación a nivel país comentó que 6 de cada 10 personas adultas y 4 de cada 10 niñas/os y adolescentes tienen sobrepeso. La Argentina lidera el consumo mundial de gaseosas con 131 litros anuales per cápita, ocupa el 4º lugar en consumo diario de azúcar con 150 gramos por persona cuando el máximo recomendado son 50 g/día, consume el doble de sal que el promedio recomendado y solo el 6% de las/os habitantes incorpora a su dieta el mínimo de frutas y verduras.

Esta situación impacta fuertemente en índices de población que sufre hipertensión arterial (46%), diabetes o glucemia elevada (11%), colesterol total alto (40%). Frente a ello, demandó información clara, accesible y comprensible “para que sepamos lo que estamos consumiendo y para poder garantizar nuestro derecho a la salud y a una alimentación adecuada”.

“Es una contribución positiva para reducir la epidemia de Enfermedades Crónicas No Transmisibles como diabetes, hipertensión, sobrepeso u obesidad que provocan el 80% de las muertes en nuestro país”, añadió.

Experiencias similares en el mundo

Chile, México, Perú y Uruguay son países de América Latina que ya tienen este tipo de ley en ejecución. “Chile tiene resultados positivos y una importante adaptación de la industria y Perú está revisando algunos detalles que garanticen la satisfacción de todos los actores intervinientes”, sostuvo Vanden Braber.

Explicó que, en beneficios de salud pública, se observan mejores resultados cuando la reglamentación rige a todos los productos por igual.

“Estados Unidos y parte de la Unión Europea lo aplican de manera voluntaria. En Latinoamérica, los países que la ejecutan lo hacen de manera regulada. Los resultados en la conducta de consumo no son previsibles, porque cada país, conforme a su cultura, adopta diferentes costumbres; sin embargo, cuando la aplicación es voluntaria existe inequidad en los productos rotulados porque generalmente se resaltan las insignias positivas”, afirmó.

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