Independientemente de la relación contractual que tienen los profesionales con sus comitentes o empleadores, las tareas profesionales como la emisión de recetas fitosanitarias, confección de planes prediales, planes de conservación de suelos, planes de gestión ambiental u otras tareas registradas, implican el pago de honorarios profesionales, los cuales son irrenunciables ya que conllevan aportes por obligaciones previsionales y colegiales.
Bajo ningún punto de vista esos aportes deben estar a cargo y cuenta del ingeniero agrónomo, sino que deben estar incluidos en los honorarios profesionales.
Desde el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Córdoba instamos al cumplimiento del pago de honorarios mínimos sugeridos en el Anexo Único de la Res. 807 de los cuales se deducen los aportes correspondientes. Es un derecho que tienen los ingenieros agrónomos y es nuestro deber como Colegio que ese derecho se cumpla.