Argentina consolida su estatus de País Libre de encefalopatía espongiforme bovina

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informó que, durante el desarrollo de su 74ª Asamblea Anual, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) reconoció hoy a la Argentina la condición de país libre de Encefalopatía Espongiforme Bovina (BSE por su sigla en inglés), enfermedad más conocida como mal de la “vaca loca”.

De esta manera, la Argentina, que ostentaba el reconocimiento internacional de país provisionalmente libre de BSE, logra ahora, por resolución 27 de la Comisión Científica de Animales Terrestres de la OIE, el máximo estatus de seguridad alcanzable hasta el año 2008 en relación con esta enfermedad y consolida su posicionamiento en sanidad animal a escala mundial.
Desde París, Carlos Milicevic, jefe de Gabinete del SENASA, manifestó que “este reconocimiento es el resultado de un trabajo conjunto que, desde hace varios años, llevan a cabo el SENASA, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria”. Es uno de los cuatro países en el mundo que alcanza esta condición sanitaria

Milicevic elogió “la tarea que realiza el personal del SENASA en el Programa Nacional de Prevención y Vigilancia de esta enfermedad, que el Servicio tiene en ejecución desde 1990 y que se ha ido perfeccionando a través de los años y de la experiencia adquirida”.
Por otra parte, en el marco de los debates técnicos de la asamblea, la delegación argentina planteó sus reparos a la incorporación de la sangre y la carne en el listado de productos sin riesgo como vectores de transmisión de la BSE y propuso una modificación al capítulo de Fiebre Aftosa del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE.
En materia de BSE, la delegación expresó su preocupación acerca de la flexibilización de los requisitos y condiciones para acceder al reconocimiento de país de riesgo insignificante en materia de BSE, en particular respecto de los países que recientemente registraron casos o tienen factores de riesgo.
Los representantes argentinos adelantaron su intención de convocar a una reunión del Comité Permanente de Encefalopatía Espongiforme Transmisible de las Américas para debatir esta cuestión.
En cuanto a la modificación del Código Sanitario para los Animales Terrestres, la iniciativa del SENASA de reformar el artículo 2.2.10.7 obedece a que, en su versión actual, éste no contempla posibles opciones a ser utilizadas en países o zonas libres para erradicar focos de Fiebre Aftosa y solicitar la restitución del estatus sanitario suspendido en tiempos lógicos.
Los países o zonas libres de fiebre aftosa que pierden el estatus por el ingreso de la enfermedad sufren consecuencias de gran impacto social y económico, lo cual genera la necesidad de recuperarlo rápidamente para minimizar precisamente esos impactos.
La reglamentación actual sólo contempla la aplicación simple o combinada de tres tipos de medidas: sacrificio de enfermos y contactos; vacunación de protección; y sacrificio de animales vacunados. El resultado es que el período a transcurrir antes de poder solicitar la restitución del estatus perdido depende del tipo de acciones que se decida aplicar.
El Código estimula la opción del sacrificio sanitario de enfermos y contactos como condición para acortar los plazos de espera, a pesar del impacto económico que ello implica. Algunas veces, incluso, los países se han visto obligados a sacrificar animales que no representaban riesgo de diseminación del virus sólo para cumplir con la letra del Código y acortar los plazos de espera.
En los hechos, la opción por el rifle sanitario es adoptada solo a los fines de acortar los plazos de espera para solicitar la restitución del estatus sanitario anterior.
Precisamente, la despoblación de animales recuperados o con rastros serológicos que no implican riesgo de diseminación viral y el aprovechamiento de sus productos, cuando se aplican medidas de mitigación de riesgo, hoy no está contemplada en el Código y es una opción que el SENASA propone considerar.
El SENASA propone también que los dictámenes de la Comisión Científica de la OIE, que considera la restitución de la condición de “libre”, dejen de estar supeditados a solo dos reuniones anuales, lo que genera atrasos por causas administrativas y consecuentes perjuicios a los países implicados.

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