Acuerdo entre Seguridad, Camioneros e YPF para garantizar la circulación y provisiones a los choferes

Se busca proteger a los trabajadores que realizan transporte de cargas en lo que hace a su seguridad, su acceso a la alimentación, a la higiene y salud.

En la tarde del miércoles, se firmó un acuerdo entre el Ministerio de Seguridad, que conduce Sabina Frederic, la empresa con mayoría accionaria estatal YPF y Camioneros para garantizar y proteger las condiciones de trabajo de los choferes de carga de productos nacionales e internacionales.

Ante la emergencia sanitaria y en correspondencia con el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/20 firmado por el presidente de la Nación, se rubricó el acuerdo cuyo objeto es proteger a los trabajadores que realizan transporte de cargas en lo que hace a su seguridad, su acceso a la alimentación, a la higiene, a la salud y a los demás derechos que les permitan continuar y sostener la distribución y el transporte terrestre de las cargas declarados como esenciales por el DNU 297/20.

El convenio fue rubricado entre los Ministerios de Seguridad de la Nación, Transporte, Salud, Interior y Agricultura, junto con YPF, la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte automotor de cargas, Logísticas y Servicios, la Federación Argentina de entidades empresarias de autotransporte de cargas (FADEEAC), la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística (FAETYL), la Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC), y la Federación Transportadores Argentinos (FETRA).

Entre los principales puntos del acuerdo YPF “se compromete a establecer un sistema de expendio de mercaderías comestibles permanente durante las 24 horas en las estaciones de servicio de su red, a los fines de que los conductores puedan acudir, sin permanencia en las tiendas, ante circunstancias de necesidad de abastecerse de dicho tipo de mercadería”.

A su vez, “se garantiza la existencia de jabón y/o alcohol en gel en las estaciones de servicio y la puesta a disposición de baños en condiciones de higiene y aseo adecuadas para el uso de los conductores de carga”.

Asimismo, los conductores que presenten síntomas febriles u otros compatibles con el COVID-19 deberán abstenerse de ingresar a las estaciones de servicio. A dicho efecto, “YPF tendrá la facultad de utilizar termómetros u otros dispositivos para verificar la ausencia de síntomas como condición previa necesaria para el ingreso a las estaciones”.

Por su parte, la cartera de Seguridad se compromete a informar a las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales lo resuelto en el convenio y a articular acciones y medidas de sus competencias, para facilitar y garantizar la normal prestación del trabajo de los choferes, necesaria para el mantenimiento del abastecimiento de insumos imprescindibles para la población.

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